Pecado.
Nadie ha sido capaz de encontrar la raíz etimológica última de la palabra “pecado”.
En el mundo romano, por supuesto, peccatum era la falta leve, el tropiezo menor (frente al maleficium que era el crimen, la verdadera transgresión moral capital o por contraposición al vitium que era el mal al que nos impulsa una adicción insuperable). Esta contraposición peccatum/maleficium me hace pensar a mí que el peccatum latino era tan solo la falta que se podía reparar con un simple pago, es decir, entregando peculio. La raíz de pecado sería entonces el pecus latino que significaba tanto ganado, ovejas, como dinero, capital. Es una bonita teoría que encajaría bien con el concepto medieval católico de pecado venial, entendido como algo que se puede solucionar mediante el correspondiente pago de limosna a la Iglesia. Un concepto esencial para entender el inmenso poder económico adquirido por la institución eclesial a lo largo de los siglos. Y también para comprender el punto de partida de la reforma protestante y la teoría de la salvación por la gracia, no por las obras.
Hay sin embargo quien piensa que pecado viene del latín paedicare, sodomizar, y que a su vez se deriva del griego paidikos, niño, jovencito. (“Pedicare est penem in anum inserere, nos dicer Vorberg en su Glossarium Eroticum).
Es verdad que en Roma, la interjección “pedico” (te sodomizo) perdió parte de su sentido original y adquirió el mismo sentido que en inglés “fuck!” o “fuck you” y era la versión hablada del gesto de mostrar el dedo apuntando hacia arriba. Entonces sí parece comprensible que pedicare, peccare, equivaliese simplemente a ofender, injuriar, pero sin cometer un acto criminal. Y esta sería la correcta explicación etimológica.
Por otro lado, hay que reconocer que en el medievo cristiano, la sodomía, ya fuera la del activo o perruno, (el cinaedus) o la del paciente sufridor (el pathicus), constituía el pecado por antonomasia, el pecado nefando del que mejor ni se hablaba, el peccatum indicibile. Un pecado que por su enormidad, resultaba totalmente inapelable, tal como indicaban, por ejemplo, las Constituciones Carmelitas (“sodomiticum peccatum propter enormitatem non appellandum”).